Proceso de adopción: Obtener la ideonidad

Sesión informativa
Todas las personas que quieran adoptar deben recibir una sesión informativa.
Se trata de una reunión en la que se detalla cómo es el proceso para adoptar, tanto a nivel nacional como internacional. También se explica cómo llegan los niños y niñas a ésta situación y se indican otras opciones para dar un hogar (como el acogimiento familiar o las familias colaboradoras). De esta manera, las personas asistentes pueden valorar qué opciones se ajustan mejor a su realidad y deseos.
Para asistir a ésta reunión hay que descargar una solicitud específica para esta sesión (petición) y presentarla en la Delegación Territorial, Calle Tomás Heredia, 18 (680174685), o presentar la solicitud electrónicamente en el portal de la Junta de Andalucía.
TIEMPO: Suele haber una sesión informativa al mes, aproximadamente.
Formación: preparación para la adopción
Se trata de unas sesiones formativas en las que ayudamos a las familias a prepararse para la adopción. En ella se tratan temas como las expectativas de cómo será, preparar la llegada, gestión de emociones, aspectos educativos, la búsqueda de orígenes, etc.
Es de asistencia obligatoria para poder adoptar y si se trata de una pareja deben acudir ambas personas.
TIEMPO: Se hace una formación al trimestre, aproximadamente. Suelen ser unas cinco sesiones de cuatro horas.
Presentar solicitud para adoptar y documentación
Solicitud para adoptar
Se debe presentar una solicitud donde la o las personas que quieren adoptar especifican ciertas características sobre cómo querrían que fuera su adopción: número de niños y niñas a adoptar, si aceptarían niños o niñas con necesidades especiales, cuestiones de salud, intervalos de edad, etc. En la sesión formativa se explica esto en profundidad para que las familias tengan claro cómo rellenarla y sepan identificar el perfil que querrían solicitar. Puedes ver todas las situaciones que podrían darse en necesidades especiales aquí.
En cuanto a los intervalos de edad, las horquillas se establecen, como mínimo, de tres años para un niño o niña. Es decir: de 0 a 3 años, de 3 a 6 años, de 9 a 12 años, etc. Estos intervalos siempre se pueden aumentar (por ejemplo, de 0 a 6 años) pero no reducir (no podría ponerse de 0 a 1 año).
Por otra parte, cuando la familia se ofrece a acoger hermanos o hermanas, el intervalo aumenta. Es decir, si quieren acoger a dos hermanos o hermanas lo mínimo sería que ambos estuvieran en un intervalo de 4 años (por ejemplo, de 0 a 4) o, si son tres o más hermanos y hermanas, lo mínimo sería un intervalo de 5 años para los tres niños o niñas (por ejemplo, de 0 a 5 años). Al igual que cuando se trata de un solo niño o niña, estos intervalos siempre se pueden aumentar (por ejemplo, adoptar a dos niños o niñas que estén entre los 0 y los 8 años) pero nunca reducir (no podría ponerse de 0 a 3 años para dos hermanos o hermanas).
Por último, aclarar que en la solicitud no se puede presentar ningún tipo de discriminación por etnia, género u otras cuestiones sociofamiliares de los niños o las niñas a adoptar.
Documentación
Junto a la solicitud oficial, deberán adjuntarse una serie de documentos. Desde Infania te asesoramos para que sepas dónde y cómo conseguir cada uno.
- Fotografía de cada solicitante.
- Fotocopia del DNI.
- Certificado de nacimiento de cada solicitante.
- Copia del documento acreditativo de la inscripción del matrimonio o de la pareja de hecho. Si las personas solicitantes no están casadas ni son pareja de hecho, deberán presentar algún documento que acredite que conviven desde hace más de un año (podría servir, por ejemplo, el padrón conjunto).
- Copia de la declaración conjunta o individual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al último ejercicio fiscal declarado. En caso de no tener que realizarla, habría que adjuntar la acreditación de la exención de la obligación de presentar la declaración correspondiente al último periodo impositivo, además de un certificado con los ingresos obtenidos.
- Certificado médico de cada solicitante y de las personas convivientes en el hogar mayores de 18 años, que acredite su estado de salud física y psíquica.
Certificado de antecedentes penales y antecedentes de naturaleza sexual de cada solicitante. También se debe presentar el certificado de antecedentes de naturaleza sexual de las personas mayores de 14 años de edad convivientes en el domicilio.
Certificado de actividad laboral o profesional actualizado. - Certificado de empadronamiento colectivo actualizado de la vivienda en la que residan las personas solicitantes.
Estos serían los documentos básicos, aunque igual podrían aumentarse dependiendo de la situación de cada familia. Por ejemplo, si se tiene un grado de discapacidad, se solicitaría el certificado de la discapacidad, y así.
Valoración psicosocial
Como se trata de entregar la vida de un niño o niña al cuidado de una o unas personas, pues hay que valorar que vaya a estar bien. Por tanto, se mira la situación personal, familiar, relacional y social de los solicitantes.
Es decir, se trata de una serie de entrevistas personales con nuestro equipo de psicólogas y trabajadores sociales. El objetivo, como decimos, es conocer en profundidad a la familia de cara a ver su capacidad afectiva, si tienen habilidades educacionales, si están integrados socialmente, si cuentan con un entorno (familiares, amistades…) que pudiera ayudarles con temas de conciliación, sus motivaciones a la hora de elegir la adopción, etc.
Además, en estas entrevistas se hace una visita a domicilio de cara a garantizar que el niño o la niña vaya a poder disponer de un hogar donde hacer su vida adecuadamente. No hace falta que la casa sea muy grande ni que el niño o la niña disponga de un cuarto propio, puede compartir habitación con otras personas. Sí que debe contar con un espacio apropiado donde pueda crecer, jugar, estudiar, etc.
Esta valoración ayuda a tener claras las características de la familia de cara a poder asignarle el perfil de niño o niña con el que encajarían mejor. Por tanto, contar con una información en profundidad es fundamental para hacer un buen emparejamiento. Esto lo tienes desarrollado aquí.
TIEMPO: Las entrevistas y la visita al domicilio suelen hacerse en un intervalo aproximado de 5 semanas.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que, desde que se presenta la solicitud hasta que se inicia la valoración suelen pasar dos años, aproximadamente. ¿Esto por qué es? La mayoría de familias seleccionan adoptar a un perfil menor de 7 años y sin necesidades especiales. Entonces, el número de solicitantes suele ser mayor al número de niños y niñas que necesitan adopción (dentro de ése perfil). Por tanto, según se van necesitando familias, se valoran, de tal forma, que el informe de la familia esté actualizado cuando se le asigne un niño o una niña.
Si la familia aceptase adoptar a un niño o niña mayor de 7 años, grupo de tres hermanos o hermanas o que el niño o la niña tuviera alguna necesidad especial (por ejemplo, algún tipo de enfermedad, dificultad o discapacidad) el tiempo de espera se reduce. En estos casos la valoración suele hacerse en los meses siguientes a presentar la solicitud. Puedes ver todas las situaciones que podrían darse en necesidades especiales aquí.
Declaración de idoneidad
Una vez realizadas las entrevistas, nuestro equipo emite un informe de cara a dar idoneidad a la futura familia adoptante. Este informe debe ser ratificado, pudiendo pedir un documento extra si se estimase necesario. Seguidamente, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Junta de Andalucía emite una resolución de idoneidad. Es el documento que acredita a la familia como posible adoptante.
La declaración de idoneidad tiene una vigencia de tres años. Por tanto, si transcurrido ése tiempo, la familia sigue sin haber realizado la adopción, hay que renovarlo. El objetivo es comprobar si se mantienen las circunstancias que tenían cuando se realizó el primer informe. De hecho, las personas solicitantes tienen la obligación de comunicar si han tenido cambios relevantes en su situación personal y familiar.
A continuación, con la idoneidad ya ratificada, la familia pasa a formar parte del Registro de Solicitantes de Acogimiento y Adopción de Andalucía. Esto es un paso administrativo de cara a confirmar que ésa familia podría recibir a un niño o niña.
Si se diera el caso de que la familia no hubiera conseguido la idoneidad, puede volver a intentarlo un año después desde la notificación de la anterior resolución.
TIEMPO: El tiempo que pasa una vez que se envía el informe de idoneidad y se ratifica, suele ser de un mes aproximadamente.
Adopción abierta
Las adopciones abiertas son una fórmula en la que el niño o la niña sigue manteniendo algún tipo de contacto con la familia biológica. La familia adoptante puede decidir con qué familiares aceptaría que tuviera relación (por ejemplo, solo hermanos, otros familiares). Estos contactos pueden ser directos supervisados, o bien indirectos mediante cartas, fotografías, etc. según determinen las autoridades pertinentes.
Por supuesto, la adopción abierta solo se plantea en los casos en los que se vea que puede resultar beneficioso conservar el vínculo. Todas las partes implicadas deben estar dispuestas a colaborar.