Modalidades de acogimiento en Andalucía

Mujer mayor besando a una niña. Las modalidades de acogimiento familiar de Andalucía son urgente, temporal y permanente

25 de julio de 2024

¿Qué tipos de acogimiento hay? Se trata de una cuestión que cambia de una comunidad a otra, aunque suelen ser parecidas. Las modalidades de acogimiento en Andalucía son, principalmente, URGENTE, TEMPORAL y PERMANENTE. Pero para explicártelas, primero debemos diferenciar entre las familias que pueden hacer estos acogimientos.

Diferencias entre familia extensa y familia ajena en el acogimiento familiar

Acogimiento familiar: diferencias entre familia extensa y familia ajena.

Cuando un niño, niña o adolescente no puede ser cuidado por su familia, se intenta que se quede en el núcleo familiar. Es decir, se procura que pueda pasar a vivir con una abuela, con un tío o con otros familiares. De esa manera, aunque haya una separación de la familia de origen, puede mantenerse dentro de su núcleo familiar. Estas familias que acogen a esos niños y niñas son lo que se llama FAMILIA EXTENSA.
 
Pero ¿qué pasa si nadie de la familia quiere o puede cuidar a estos niños y niñas? Entonces, normalmente pasan a un acogimiento residencial, es decir, pasan a crecer a un centro. Desde ahí, se les busca una familia que no es la suya para que puedan vivir con ella el tiempo que lo necesiten. Estas serían las FAMILIAS AJENAS.
 
Hay que tener en cuenta que, estos son indicaciones de carácter general. Ya que, por ejemplo, en la modalidad de acogimiento de urgencia, se intenta evitar que pasen por un centro y que, por tanto, vayan directamente a una familia. ¿Qué pasaría entonces con estos niños y niñas? Pues estarían con su familia de acogida de urgencia nada más salir de su familia de origen y, durante ése tiempo, se vería si podría darse una reunificación (regreso), si irían a adopción o si hubiera alguien de su familia que pudiera acogerles (familia extensa).
 
DATO: ¿Sabías que, en Andalucía, el acogimiento en familia extensa es el que más se da? Sí, supone un 59.1% de los acogimientos frente al 40.9% de los que se hacen en familia ajena. Sin embargo, esta diferencia cada vez se está acortando más, porque no siempre se encuentran familiares que quieran y puedan cuidar a estos niños, niñas o adolescentes.

Modalidades de acogimiento en Andalucía.

Mujer y niño. Familia de acogimiento de urgencia. Máximo 6 meses.

Modalidad de acogimiento familiar URGENTE.

Se da cuando un niño o una niña necesita un hogar de protección URGENTE. La idea es evitar que tenga que pasar por un centro tras la retirada. Habitualmente está ligado a perfiles de bebés o niños y niñas de 0 a 6 años. Sin embargo, en Andalucía, se ha ampliado la edad y podrían entrar en la categoría de urgente hasta los 13 años. 

 

El acogimiento de urgencia tiene una duración máxima de 6 meses. Ése tiempo sirve para poder hacer un diagnóstico de la situación familiar en la que se encontraba y de la que ha salido por protección. Se ve si pudiera darse un regreso a su hogar trabajando con la familia, si podría ser acogido por alguien de su propia familia (como una abuela o un tío, etc), si iría a adopción o si se necesita más tiempo antes de establecer una situación más definitiva.
 

Al ser de carácter URGENTE, la familia que esté en esta modalidad puede ser llamada de un momento a otro, por lo que se requiere que, al menos una de las personas acogedoras esté jubilada o en desempleo. Recuerda que se piden grandes ingresos, sino muchas ganas de implicarse con estos niños y niñas. Además, este tipo de acogimiento tiene una compensación económica de cara a sufragar los gastos del niño o la niña.

En el acogimiento de urgencia se suelen establecer turnos de guardia con las familias que están disponibles para llamarles por si hiciera falta. Esto es así porque nunca se sabe cuando un niño o niña va a necesitar ayuda. 

 
Podría ser el caso, por ejemplo, de un bebé que es rechazado por la mujer que lo tuvo en el hospital y, mientras se tramitan los papeles de adopción, está al cuidado de una familia de acogida.
 
DATO: En Andalucía el acogimiento de urgencia es el 5,5% de todos los acogimientos, el segundo que menos se da. Se lleva a cabo, íntegramente, por familias de acogida ajenas.

Padre y niña. Familia de acogimiento temporal. Duración máxima 2 años.

Modalidad de acogimiento familiar TEMPORAL.
Tiene un nombre engañoso porque, realmente, todos los acogimientos son temporales. Se da cuando se necesita más tiempo para establecer una solución estable para estos niños y niñas y tiene un máximo de duración de 2 años.

¿Esto qué quiere decir? Pues que con los 6 meses que dura el acogimiento de urgencia (al primero al que van) no han sido suficientes. Por ejemplo, podría necesitarse ese tiempo para dar que la familia de origen para que pudiera «recuperar su camino» y que los niños y niñas pudieran volver a su hogar. También podría ser, para conseguir una familia adoptiva, porque es difícil encontrar una cuando se trata de niños y niñas mayores de 4 o 5 años, con alguna necesidad especial o si son varios hermanas/os. Otra opción, según cada caso, podría ser que ese tiempo fuera necesario para buscarle una familia de acogimiento permanente.

¿Y esta familia de acogida temporal no puede ser la misma que de acogimiento urgente? Sí, si la familia quiere y es apta para acogimiento temporal, sería lo ideal. Incluso, hay familias que han empezado acogiendo a un niño o una niña en urgente, luego ha pasado a temporal y han seguido y, luego, ha pasado a permanente. Hay que tener en cuenta que, cuando un niño o una niña entra en el Sistema de Protección, no se sabe cómo va a actuar su familia de origen o qué circunstancias se irán desarrollando que condicionen su situación.

Dentro del acogimiento TEMPORAL, estaría el TEMPORAL ESPECIALIZADO, que es lo mismo, solo que para niños y niñas con necesidades especiales. Las necesidades especiales pueden ser desde una enfermedad, a un simple retraso madurativo, pasando por unas vivencias de abuso. Incluso podría ser solo que se trate de dos hermanos o hermanas a los que no se quiere separar.  Para esta modalidad, al menos un miembro de la familia acogedora deberá contar con una formación, experiencia o capacitación que le ayude a desarrollar esta acogida. Esta modalidad de acogimiento familiar también cuenta con cierto apoyo económico.

DATO: El acogimiento temporal supone, en Andalucía, un 15,4% de todas las modalidades de acogimiento. El 37,6% del acogimiento temporal (no especializado) en Andalucía se realiza en familias extensas y el 62,4% en familias ajenas. Por otro lado, el acogimiento temporal especializado, es el menos habitual, supone un 2,8% del total de los acogimientos y, al igual que el urgente, se realiza, íntegramente, por familias ajenas.

Familia LGTBI de acogimiento permanente. Dura hasta la mayoría de edad.

Modalidad de acogimiento familiar PERMANENTE.

Se da cuando no hay previsto un regreso posible con la familia de origen y dura hasta la mayoría de edad.

¿Por qué hay veces que no se prevee un posible regreso con su familia de origen? Esto puede ser, por ejemplo, porque no suelan presentarse a las visitas o no pongan interés en recuperar a sus hijos o hijas, por ejemplo. Sí, pero también puede ser porque esa familia no pueda cuidar a sus hijos o hijas por las circunstancias que sea, como, por ejemplo, una enfermedad mental. Esto no quiere decir que no les quieran, simplemente, no pueden o no saben cuidarlos. A veces, entregar a tus hijos o hijas en acogimiento es el mayor acto de amor que puedes hacer. Para que sea que vayan a adopción, tiene que haber un rechazo por parte de la familia de origen.

Y sí, esta es la modalidad más duradera porque llega hasta la mayoría de edad. Cuando cumplen los 18 años, serían estos jóvenes quienes decidieran qué quieren hacer entre estas opciones: intentar independizarse, probar a volver con su familia de origen, quedarse con la que ha sido su familia de acogida. Generalmente suelen elegir la tercera opción, puesto que ya están tan integradas/os que, suelen considerar a su familia de acogimiento permanente, como su familia «principal». En ocasiones, tras el acogimiento permanente, algunas familias hacen una adopción de adultos.
Dentro del acogimiento permanente, estaría elPERMANENTE ESPECIALIZADO, que es lo mismo, solo que para niños y niñas con necesidades especiales. Estas necesidades, como hemos explicado en la modalidad anterior, podrían ser, que necesite atención logopeda, asistencia psicológica o ayuda médica, por poner unos ejemplos. O, simplemente, que fueran un grupo de hermanas y hermanos. Y, al igual que en el temporal especializado, se pide que la familia que acoge tenga cierta formación o experiencia (personal o profesional)que pudiera estar relacionada con estas necesidades especiales. También cuenta con un apoyo económico para sufragar los gastos de las necesidades del niño o la niña.
DATO: El acogimiento PERMANENTE es el más habitual. Supone un 64,9% del total de los acogimientos de Andalucía. El 82,1% del acogimiento permanente (no especializado) se lleva a cabo en familias extensas y el 17,9% en familias ajenas. Por otra parte, el acogimiento permanente especializado, supone un 11,4% del total de los acogimientos y, se lleva a cabo, íntegramente, por familias de acogida ajenas.

Gráfico que muestra el número de niños y niñas que se podrían acoger en Andalucía.

Andalucía necesita familias de acogida.

DATOS:

En Andalucía hay 5.091 niños, niñas y adolescentes que han necesitado entrar en el Sistema de Protección.

– De esos 5.091, 2.420 han podido ser acogidos por una familia. El «resto» son nada más y nada menos que 2.458 niños, niñas y adolescentes que están creciendo en centros residenciales.

Málaga es la provincia con más niños y niñas en centros, llegando a un total de 461.

Detrás de estas cifras hay un rostro, una historia de vida y unas esperanzas. Preguntan por una familia y es muy duro decirles que no hay ninguna disponible. Así que sí, nos hacen falta familias dispuestas a acoger en cualquiera de las modalidades de Andalucía. Familias ajenas que quieran cuidar a estos niños y niñas que solo quieren saber lo que es el calor de un hogar mientras su familia no puede cuidarles.

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